Catorce estados de México consideran un atenuante de homicidio la infidelidad conyugal de la esposa y su asesinato está penado en los estados de Michoacán, Campeche y Tamaulipas con menos cárcel que el robo de una cabeza de ganado.
Además, en 19 de los 32 estados mexicanos el "rapto" de una mujer soltera está eximido de pena si el que lo comete acepta casarse con la víctima, lo que también es aplicable al delito de "estupro", calificado así en el país cuando la menor, de entre 12 y 18 años, consiente las relaciones sexuales con el adulto.
México afronta actualmente la revisión de todas estas leyes gracias a la entrada en vigor, en febrero de 2007, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que ha permitido iniciar la revisión del marco jurídico en el país.
Los códigos penales vigentes en los estados de Campeche (sureste) y Tamaulipas (norte) establecen penas de entre tres días a tres años por el homicidio de la esposa si hay infidelidad conyugal, caso que en Michoacán se castiga con un máximo de 5 años de cárcel. Los códigos penales de estos tres estados coinciden además en imponer estas penas "al que sorprendiendo a su cónyuge en el acto carnal o inmediato a la consumación, prive de la vida o lesione a cualquiera de los culpables o a ambos".
Con ello, se da el atenuante también a aquel que haya tenido la sospecha de la infidelidad aunque ésta no haya llegado a consumarse. En estos mismos estados, el robo de una cabeza de ganado está castigado con penas de cárcel que duplican a las impuestas por el homicidio de la esposa en caso de que el honor (del marido) haya sido afectado. En Campeche la sustracción de ganado está penada con 3 a 5 años de cárcel, en Tamaulipas las leyes imponen entre 3 a 12 años, mientras que en Michoacán pueden ser de entre 6 a 12 años.
El llamado "homicidio en razón del honor" no funciona de la misma manera en caso de que la homicida sea la mujer ya que entonces se le aplican agravantes como la alevosía o la premeditación por lo que en la práctica sufren condenas por homicidio calificado. Además de los códigos penales, muchas comunidades indígenas del país recurren a las leyes de usos y costumbres como pretexto para violar los derechos de las mujeres y toleran, por ejemplo, la venta de niñas para el matrimonio o el trabajo.
Todas estas normas incentivan la violencia de género y premian a los delincuentes en un país donde los crímenes contra las mujeres han conmocionado a la sociedad, como en Ciudad Juárez donde desde 1993 a enero de 2008 han sido asesinadas 423 mujeres, según cifras del Defensor del Pueblo de México.
Esperamos que el estado mexicano modernice cuanto antes estas leyes absurdas y respete y proteja los derechos humanos de las mujeres